EI Comandante del buque o quien lo reemplace, es 1a autoridad superior del servicio .radio-eléctrico durante la navegación, y tanto él como otras personas de a bordo que puedan tener conocimiento del texto simplemente de la existencia de los radiotelegramas y de cualquier otro informe obtenido por medio del servicio radio-eléctrico están sometidos a la obligación de guardar el secreto de la correspondencia.
Decreto 1044 de 1937 →Vigente
Artículo 51
Ei Comandante Del Buque O Quien Lo Reemplace, Es 1a Autoridad Superior Del Servicio
Decreto 1044 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 198 de 1936
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.