Micelio

Artículo 44

Cuando Haya Necesidad De Construir Hospital Provisional O De O De Adaptar Una Casa, Deberá Tenerse En Cuenta Que Aparte De Las Salas Generales Para Hombre Y Mujeres, Dispondrán Por Lo Menos De Salas De Cirugías Y De Infecciosas Locales Para Ropería Y Curaciones, Y Los Correspondientes Servicios De W

Decreto 190 de 1939 · Por el cual se reglamentan los servicios de higiene y sanidad del Ministerio de Obras Públicas y de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando haya necesidad de construir hospital provisional o de o de adaptar una casa, deberá tenerse en cuenta que aparte de las salas generales para hombre y mujeres, dispondrán por lo menos de salas de cirugías y de infecciosas locales para ropería y curaciones, y los correspondientes servicios de W.C. y baños. Los hospitales definitivos se construirán de acuerdo con las normas establecidas por el Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 190 de 1939