Quedan vigentes las disposiciones del Decreto-ley 960 de 1970 y demás normas legales que regulan la materia, con cuanto no sean contrarias al presente Decreto. Deróganse los artículos 1°, 3°, numerales 11 y 12; 42; 97; 98; 129; 161; 183; 184; 186; 187; 189 del Decreto-ley número 960 de 1970, y demás disposiciones legales que sean contrarias al presente Decreto.
Decreto 2163 de 1970 →Vigente
Artículo 46
Quedan Vigentes Las Disposiciones Del Decreto-Ley 960 De 1970 Y Demás Normas Legales Que Regulan La Materia, Con Cuanto No Sean Contrarias Al Presente Decreto
Decreto 2163 de 1970 · Por el cual se oficializa el servicio de notariado
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.