Micelio

Artículo 3

El Secretario Tesorero De La Junta Llevará Sus Cuentas, De Conformidad Con Las Disposiciones Y Reglamentos De Contabilidad

Decreto 529 de 1920 · Por el cual se reglamenta la Ley 56 de 1919

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Secretario Tesorero de la Junta llevará sus cuentas, de conformidad con las disposiciones y reglamentos de contabilidad. Las erogaciones las hará sobre las cuentas visadas por el Presidente, previas las formalidades acordadas por la misma Junta, y rendirá las cuentas ante la Corte del ramo, en la forma y términos establecidos por las leyes fiscales y reglamentos sobre la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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