Micelio

Artículo 1.3.6.2.1

Información A Suministrar Por La Registraduría Nacional Del Estado Civil

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con el numeral 13 del Artículo 1.3.1.1 de la presente resolución, la Registraduría Nacional del Estado Civil deberá suministrar, según lo dispuesto en el artículo 627 del Estatuto Tributario, la siguiente información de las cédulas de ciudadanía correspondientes a personas fallecidas durante el año, conforme con los parámetros establecidos en las especificaciones técnicas del Formato 1028 Versión 7:

1.

Número de identificación de cada una de las personas fallecidas.

2.

Apellidos y nombre de la persona fallecida.

3.

Fecha de acta de defunción, en Formato, año, mes, día (AAAAMMDD).

4.

Código del departamento de expedición de la identificación de la persona fallecida.

5.

Código del municipio de expedición de la identificación de la persona fallecida.

(Artículo 48, Resolución 162 de 2023)

SECCIÓN 3.

NOTARIOS.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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