Micelio

Artículo 7

Las Operaciones E Inversiones Que En La Fecha De La Expedición Del Presente Decreto, Estuvieren Aprobadas Por La Junta Directiva Del Fondo Nacional De Ahorro, No Quedarán Sujetas O Las Restricciones Establecidas En Los Artículos Anteriores

Decreto 97 de 1973 · Por el cual se regula la destinación y distribución de los recursos del Fondo Nacional del Ahorro

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las operaciones e inversiones que en la fecha de la expedición del presente decreto, estuvieren aprobadas por la Junta Directiva del Fondo Nacional de Ahorro, no quedarán sujetas o las restricciones establecidas en los artículos anteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 97 de 1973