º. Serán condiciones médicas para la expedición de pases: 1ª Estado general : no haber sufrido mutilaciones en los miembros superiores o inferiores, que lo incapaciten para el desempeño de su oficio, ni padecer enfermedad que, como la parálisis, anulen o disminuyan la capacidad funcional de estos miembros. Igualmente es causa para rechazar a un aspirante, la pérdida o la ceguera de un ojo. 2ª Enfermedades contagiosas : estar vacunado contra la viruela y no sufrir enfermedades infecto-contagiosas, parasitarias o repugnantes. 3ª Sistema nervioso : no padecer enfermedades graves del sistema nervioso, central o periférico, ni psicosis funcional u orgánica. 4ª Ojos y visión
La agudeza visual debe ser igual a la unidad, pero se admiten correcciones hasta de 5 x 3 dioptrías, con una visión que en ningún caso sea inferior a 5/15.
El campo visual debe tener, por lo menos, el 50 x 100 del normal.
No debe haber hemeralopía, ni daltonismo.
No debe existir conjuntivitis crónica ni lagrimeo. Cuando se trate de enfermedades infecto-contagiosas agudas de los ojos, como oftalmia purulenta y la conjuntivitis de Wiechs o de Morax, debe aplazarse el título de idoneidad al interesado hasta que tales afecciones hayan desaparecido. 5ª O ídos y audición : a) Se requiere una agudeza auditiva de medio metro para el tic-tac del reloj de bolsillo, de tamaño correcto, y de 2.50 metros para la voz baja; b) No sufrir otitis eclerosas, ni enfermedad de Meniere. 6ª Aparato circulatorio: no deben existir lesiones cardiomusculares no compensadas, ni aneurisma, ni enfermedades constitucionales capaces de producir accidentes o muerte repentina. La presión arterial máxima no puede ser mayor de 190, ni la diferencia o presión media ser mayor de 52. 7ª Aparato respiratorio : no tener ozena, ni afonía por cáncer o tuberculosis pulmonar abierta. 8ª No presentar síntomas de alcoholismo agudo, morfinismo u otra intoxicación exógena. 9ª Las reacciones de la sangre deben ser favorables según exámenes de Wassermann y Kann.
En los exámenes médicos de choferes aficionados no se tendrán en cuenta los numerales 2), 7) y 9) de este artículo.