Los Agentes De La Policía Nacional En Servicio Activo Tendrán Derecho A Percibir Anualmente Del Tesoro Público Una Prima De Navidad Equivalente A Un (1) Mes De Sueldo Básico Que Haya Devengado El Agente En El Mes De Noviembre
Decreto 3187 de 1968 · Por el cual se reorganiza la carrera profesional de los Agentes de la Policía Nacional
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Los Agentes de la Policía Nacional en servicio activo tendrán derecho a percibir anualmente del tesoro Público una Prima de Navidad equivalente a un (1) mes de sueldo básico que haya devengado el Agente en el mes de noviembre.
Parágrafo
Cuando el Agente se encuentre en comisión del servicio en el Exterior, la Prima de Navidad se liquidará en dólares y en pesos, de acuerdo con la proporción que se establece en el artículo 23 del presente Decreto. El porcentaje en dólares se liquidará a razón de un dólar por cada peso.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.