Micelio

Artículo 2.3.3.7.4.1

Planta

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Planta de personal. La definición de la planta de personal, directivos docentes y docentes de las Escuelas Normales Superiores oficiales se realizará previo estudio técnico presentado al Ministerio de Educación Nacional por parte de la Secretaría de Educación de la entidad territorial certificada en educación.

La ubicación del personal docente de la educación media y el programa de formación complementaria de las Escuelas Normales Superiores oficiales se asignará según parámetro de 1,7 docentes por grupo, el cual se aplicará para las plantas docentes que se financien con recursos del Sistema General de Participaciones. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2.4.6.1.2.3 del presente Decreto, se asignará un Coordinador adicional por cada Escuela Normal Superior Oficial, el cual se encargará de las acciones relacionadas con la práctica pedagógica y la investigación de las Escuelas Normales Superiores.

Parágrafo 1

Los docentes del programa de formación complementaria a quienes se les reconozca el pago de hora cátedra como lo establece el parágrafo 2 del artículo 2.3.1.6.3.11 del presente Decreto, deberán acreditar por lo menos tres (3) años de ejercicio docente en instituciones formadoras de educadores o experiencia en investigación en educación.

Parágrafo 2

Los cargos docentes o directivos docentes de que trata el presente artículo, se asignarán de los excedentes de personal que resultaren de la redistribución de plantas de los establecimientos educativos oficiales de la entidad territorial certificada y de acuerdo con los estudios viabilizados técnica y financieramente por el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual es necesario que las Escuelas Normales Superiores hayan adecuado el Proyecto Educativo Institucional según lo dispuesto en el artículo 2.3.3.7.6.2 del presente Decreto.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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