REVALORIZACIÓN DE APORTES. Las precooperativas podrán establecer en los estatutos un procedimiento para mantener el poder adquisitivo constante de los aportes sociales dentro de los límites que fije el reglamento de la Ley para cooperativas y sólo para ejercicios económicos posteriores a la iniciación de su vigencia.
Decreto 1333 de 1989 →Vigente
Artículo 17
Revalorización De Aportes
Decreto 1333 de 1989 · Por el cual se establece el régimen de constitución, reconocimiento y funcionamiento de las precooperativas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.