° Los Contadores de las Unidades del Ejército y demás dependencias del ramo de guerra, girarán en sus presupuestos mensuales por las partidas que les correspondan de acuerdo con la repartición ordenada por el Ministerio para los diferentes servicios.
Decreto 16 de 1926 →Vigente
Artículo 1
Los Contadores De Las Unidades Del Ejército Y Demás Dependencias Del Ramo De Guerra, Girarán En Sus Presupuestos Mensuales Por Las Partidas Que Les Correspondan De Acuerdo Con La Repartición Ordenada Por El Ministerio Para Los Diferentes Servicios
Decreto 16 de 1926 · Por el cual se reglamenta el artículo 11 de la Ley 88 de 1925, respecto de las economías que se hagan en las Unidades del Ejército
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.