Se podrá autorizar el cambio en clase de vehículo en una o más rutas, siempre que
Se cambie por otro de mayor capacidad, buscando el uso racional de equipos y la utilización de vehículos de transporte masivo.
Se realice con la debida equivalencia en sillas ofrecidas.
No genere mayores cambios en las frecuencias autorizadas.
El cambio debe ser con vehículos último modelo o en su defecto que no cuenten con una edad superior a tres (3) años. Una vez recibida y estudiada la solicitud, la autoridad competente resolverá dentro de los treinta (30) días siguientes, teniendo en cuenta el reajuste de la capacidad transportadora, cuando fuere del caso.