Micelio

Artículo 21

Para Efectos De Mantener Información Actualizada Sobre La Gestión De Las Comisiones Departamentales Y Del Distrito Capital Del Servicio Civil, Éstas Deberán Remitir De Acuerdo Con Su Jurisdicción, Dentro De Los Primeros Diez (10) Días Calendario De Cada Mes A La Comisión Nacional Del Servicio Civil, Según El Procedimiento Que Se Defina Para El Efecto, Los Datos Relacionados Con: 1

Decreto 1571 de 1998 · por el cual se reglamenta el Título IX y los numerales 2, 4, 8 y 10 del artículo 56 de la Ley 443 de 1998.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para efectos de mantener información actualizada sobre la gestión de las Comisiones Departamentales y del Distrito Capital del Servicio Civil, éstas deberán remitir de acuerdo con su jurisdicción, dentro de los primeros diez (10) días calendario de cada mes a la Comisión Nacional del Servicio Civil, según el procedimiento que se defina para el efecto, los datos relacionados con

1.

Sesiones, investigaciones, cargos convocados a concurso, consultas, asesorías, investigaciones y actividades de difusión de normas de carrera administrativa.

2.

Total cargos de carrera administrativa, de libre nombramiento y remoción, de trabajadores oficiales y total de empleos en la planta de personal. Subsistema de organización y funcionamiento de entidades públicas

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1571 de 1998