º Las personas que deseen formar una sociedad Corredora de Seguros deberán presentar ante el Superintendente Bancario, para su aprobación, los siguientes documentos
El proyecto de sus estatutos;
El proyecto de organización técnica y contable, con sujeción a las normas que para tal efecto dicte el Superintendente;
Lista de los socios, con la manifestación expresa de no encontrarse en ninguno de los casos de inhabilidad contemplados en este Decreto;
Prueba de la idoneidad de sus socios gestores y administradores, en la forma que establezca la Superintendencia Bancaria.