Articulo 4°. La empresa se constituirá mediante documento privado en el cual se expresara
Nombre y domicilio de las personas que intervienen como otorgantes, nacionalidad y documento de identificación.
Nombre y domicilio de la empresa.
Duración de la empresa.
Objeto social.
Aportes, precisando su naturaleza y cuantía.
Condiciones para ser socio y conservar tal calidad, y canales de perdida de ésta.
Derechos y obligaciones de los socios.
Organismos de la empresa, forma de integrarlos, y facultades.
La fecha en que deben efectuarse los balances y la forma como han de distribuirse las utilidades de cada ejercicio social.
Fondos de reserva, señalando su destinación y cuantía.
Causales de disolución y reglas para su liquidación.
Procedimientos para la modificación del contrato social y de los reglamentos internos, y
Constitución de tribunales de arbitramento o designación de amigables componedores para resolver las diferencias que ocurran a los asociados entre si, o con la sociedad, en desarrollo del contrato social, y la forma como han de nombrarse dichos árbitros o amigables componedores.