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Artículo 11

Los Departamentos Y Distritos Definirán Y Organizarán La Dependencia Administrativa Que Asumirá La Dirección Del Servicio Educativo Y Las Demás Responsabilidades Asignadas Por Las Normas Vigentes

Decreto 2886 de 1994 · por el cual se reglamentan los procedimientos y demás formalidades necesarias que deban cumplir las entidades territoriales para obtener la certificación del cumplimiento de los requisitos que les permita asumir la administración de los recursos del situado fiscal y la prestación del del servicio educativo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los departamentos y distritos definirán y organizarán la dependencia administrativa que asumirá la dirección del servicio educativo y las demás responsabilidades asignadas por las normas vigentes. Esta dependencia incorporará, en los términos definidos en el presente Decreto, el FER, el CEP y la Oficina de Escalafón.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2886 de 1994