° En consecuencia, para todos los efectos, el texto del artículo 11 de la Ley 7ª de 1990, será el siguiente: “Artículo 11. Autorizaciones. El Gobierno Nacional hará las apropiaciones y traslados presupuestales que demande el cumplimiento del artículo 9° de esta Ley. Así mismo, convendrá con el Banco de la República las condiciones y términos del pago con subrogación”.
Decreto 864 de 1990 →Vigente
Artículo 2
En Consecuencia, Para Todos Los Efectos, El Texto Del Artículo 11 De La Ley 7ª De 1990, Será El Siguiente: “artículo 11
Decreto 864 de 1990 · por el cual se corrige un yerro en la Ley 7ª de 1990.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.