Micelio

Artículo 10

El Instituto Colombiano Agropecuario, Ica Podrá Acreditar Personas Jurídicas Del Sector Oficial O Particular, Para El Ejercicio De Actividades Relacionadas Con La Sanidad Animal, La Sanidad Vegetal Y El Control Técnico De Los Insumos Agropecuarios, Dentro De Las Normas Y Procedimientos Que Se Establezcan Para El Efecto

Decreto 1840 de 1994 · por el cual se reglamenta el Artículo 65 de la Ley 101 de 1993

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA podrá acreditar personas jurídicas del sector oficial o particular, para el ejercicio de actividades relacionadas con la Sanidad Animal, la Sanidad Vegetal y el Control Técnico de los Insumos Agropecuarios, dentro de las normas y procedimientos que se establezcan para el efecto. CAPITULO VIII. De las emergencias sanitarias

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1840 de 1994