Los sujetos previstos en el Artículo 1.7.3.1 de la presente resolución que deban cumplir con la obligación del registro de los acuerdos, contratos, ofertas, aceptaciones u otros documentos suscritos por operaciones de commodities deberán hacerlo mediante el formato "Registro Acuerdo de Commodities" – Número 2573, el cual hace parte integral de esta resolución.
(Artículo 2o, Resolución 67 de 2020)