La Caja de Vivienda Militar gozará de los privilegios acordados por la Ley a las Cajas de Ahorros, a los Bancos Hipotecarios y al Instituto de Crédito Territorial.
Decreto 2767 de 1953 →Vigente
Artículo 16
La Caja De Vivienda Militar Gozará De Los Privilegios Acordados Por La Ley A Las Cajas De Ahorros, A Los Bancos Hipotecarios Y Al Instituto De Crédito Territorial
Decreto 2767 de 1953 · Por el cual se reorganiza la Caja de Vivienda Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.