º Para Obtener El Permiso De Prestación De Servicios, Las Empresas De Transporte Domiciliadas En Cualquier País Miembro, Deberán Presentar A Través De Su Representante Legal Quien Deberá Probar Su Calidad, Una Solicitud Ante El Director General Del Intra, Acompañando La Siguiente Documentación: A) Copia Debidamente Autenticada Del Certificado De Idoneidad Y Sus Anexos I Y Ii, Expedida Por El Organismo Nacional Competente Que Lo Otorgó; B) Acto De Representación Voluntaria Suscrito Por La Empresa Solicitante Mediante El Cual Se Designa A Una Persona Jurídica, Domiciliada En Colombia, Con Capacidad Que Garantice La Eficacia Del Servicio En Territorio Colombiano Para Que La Represente En Todos Los Actos Administrativos, Comerciales Y Judiciales; C) Original O Copia Autenticada De La Póliza Andina O De Seguro De Responsabilidad Civil Que Cubra El Pago De Las Obligaciones Derivadas De Daños A Terceros Y A La Tripulación Empleada Por El Transportador Internacional; D) Relación E Identificación De Los Vehículos Propios Y De Terceros Con Los Que Operará
Decreto 1348 de 1992 · por el cual se dictan algunas disposiciones en materia de transporte internacional de mercancías por carretera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º Para obtener el permiso de prestación de servicios, las empresas de transporte domiciliadas en cualquier País Miembro, deberán presentar a través de su representante legal quien deberá probar su calidad, una solicitud ante el Director General del Intra, acompañando la siguiente documentación
a)
Copia debidamente autenticada del certificado de idoneidad y sus Anexos I y II, expedida por el organismo nacional competente que lo otorgó;
b)
Acto de representación voluntaria suscrito por la empresa solicitante mediante el cual se designa a una persona jurídica, domiciliada en Colombia, con capacidad que garantice la eficacia del servicio en territorio colombiano para que la represente en todos los actos administrativos, comerciales y judiciales;
c)
Original o copia autenticada de la póliza andina o de seguro de responsabilidad civil que cubra el pago de las obligaciones derivadas de daños a terceros y a la tripulación empleada por el transportador internacional;
d)
Relación e identificación de los vehículos propios y de terceros con los que operará.
Parágrafo
El acto de representación voluntaria tendrá una duración no inferior a la del certificado de idoneidad.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.