Articulo 2° Previa disponibilidad presupuestal o concepto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público sobre la forma de financiar el mayor valor, el Consejo Superior de la Defensa Nacional o el Consejo de Seguridad, según el caso, podrán autorizar que el valor de las nóminas del personal de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, vinculado directamente a la defensa de la soberanía y la seguridad nacionales o del orden público, exceda el límite establecido en este Decreto.
Artículo 2
Previa Disponibilidad Presupuestal O Concepto Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Sobre La Forma De Financiar El Mayor Valor, El Consejo Superior De La Defensa Nacional O El Consejo De Seguridad, Según El Caso, Podrán Autorizar Que El Valor De Las Nóminas Del Personal De Las Fuerzas Militares, La Policía Nacional Y El Departamento Administrativo De Seguridad, Das, Vinculado Directamente A La Defensa De La Soberanía Y La Seguridad Nacionales O Del Orden Público, Exceda El Límite Establecido En Este Decreto
Decreto 1028 de 1984 · Por el cual se determina el valor máximo de las nóminas de personal de la Administración Pública Nacional y de las Intendencias y Comisaría
El texto del artículo
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Historia constitucional
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