Micelio

Artículo 625

Liquidación A Causa De Sentencia De Jueces Eclesiásticos

Decreto 1400 de 1970 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Civil

1 sentencia lo revisó
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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Liquidación a causa de sentencia de jueces eclesiásticos. Cualquiera de los cónyuges podrá pedir la liquidación de la sociedad conyugal cuando hubiere sentencia eclesiástica de nulidad del matrimonio, de divorcio o de separación de cuerpos, si acompaña copia registrada de ella. Para la liquidación se aplicarán las siguientes reglas: 1.- De la demanda se dará traslado al otro cónyuge por tres días, salvo que haya sido formulada de consuno. 2.- El demandado no podrá proponer excepciones distintas en las previas contempladas en los numerales 1, 3, 4, 5 y 8 del artículo 97. También podrá proponer como excepción previa la cosa juzgada, la reconciliación y el matrimonio no estuvo sujeto a régimen de comunidad de bienes. 3.- Admitida la demanda, surtido el traslado o resueltas las excepciones previas desfavorablemente al demandado, según el caso, el juez ordenará que se emplace por edicto a los acreedores de la sociedad conyugal, para que hagan valer sus créditos. El edicto se sujetará a lo dispuesto en el Artículo 589. 4.- Desfijado el edicto, efectuadas las publicaciones y agregadas al expediente, el juez señalará fecha y hora para practicar la diligencia de inventario de los bienes y deudas de la sociedad conyugal y el avalúo de aquellas y designará los peritos. 5.- Para la confección del inventario se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Artículo 600 y en el 4º. de la Ley 28 de 1932. 6.- La actuación posterior se regirá por lo dispuesto en los Artículos 601, 602, 605, 608, a 614 y 620 7.- Procederán las medidas cautelares que se autorizan en el Artículo 691, y cuando se decreten con ocasión de los procesos eclesiásticos mencionados en el inciso primero, las diligencias se agregarán al de liquidación, para que surtan sus efectos en él.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2003
    C-901/03ConstitucionalidadINHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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