Micelio

Artículo 45

Si El Concejo Distrital Antes Del 10 De Diciembre No Expidiere El Presupuesto, Regirá El Presentado Por El Gobierno Distrital

Decreto 3133 de 1968 · por el cual se reforma la organización administrativa del Distrito Especial de Bogotá.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si el Concejo Distrital antes del 10 de diciembre no expidiere el presupuesto, regirá el presentado por el Gobierno Distrital.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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