Micelio

Artículo 22

Cuota De Compensación Militar

Ley 48 de 1993 · por la cual se reglamenta el servicio de Reclutamiento y Movilización.

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El inscrito que no ingrese a filas y sea clasificado debe pagar una contribución pecuniaria al Tesoro Nacional, denominada “cuota de compensación militar”. El Gobierno determinará su valor y las condiciones de liquidación y recaudo.

Parágrafo

La cuota de compensación militar se pagará dentro de los treinta (30)) días siguientes a su clasificación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2007
    C-621/07Constitucionalidad · alcance expresionINHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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