° Las cuentas mensuales y la general de cada año serán remitidas dentro de los quince últimos días del mes siguiente al de la cuenta al Ministerio de Obras Públicas, para que una ves revisadas allí, se manden a la Corte del ramo para su estudio y fenecimiento
Decreto 773 de 1922 →Vigente
Artículo 1
Las Cuentas Mensuales Y La General De Cada Año Serán Remitidas Dentro De Los Quince Últimos Días Del Mes Siguiente Al De La Cuenta Al Ministerio De Obras Públicas, Para Que Una Ves Revisadas Allí, Se Manden A La Corte Del Ramo Para Su Estudio Y Fenecimiento
Decreto 773 de 1922 · Reformatorio del número 126 del corriente año
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.