Micelio

Artículo 26

Las Instalaciones De Las Estaciones De Servicio Deberán Cumplir Con Lo Estipulado En Este Decreto, En Las Normas Nacional Y En Las Normas Nfpa 30 Y 30-A

Decreto 1521 de 1998 · por el cual se reglamenta el almacenamiento, manejo, transporte y distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo, para estaciones de servicio.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las instalaciones de las estaciones de servicio deberán cumplir con lo estipulado en este decreto, en las normas nacional y en las normas NFPA 30 y 30-A.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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