Al Personal De Oficiales Y Suboficiales De Las Fuerzas Militares O De La Policía Nacional, En Servicio Activo O En Goce De Asignación De Retiro, Se Le Autoriza La Compra De Las Armas Que Para El Efecto Reglamente El Comando General De Las Fuerzas Militares
Decreto 1663 de 1979 · Por el cual se expide el estatuto nacional para el control y comercio de armas, municiones, explosivos y sus accesorios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Al personal de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional, en servicio activo o en goce de asignación de retiro, se le autoriza la compra de las armas que para el efecto reglamente el Comando General de las Fuerzas Militares.
Parágrafo
El personal de Agentes de la Policía, en actividad o en retiro, podrá adquirir las armas a que se refiere el Artículo 16 de este Decreto.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.