° Fíjanse los cómputos líquidos del Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre en 1922, en la cantidad de veintiocho millones doscientos once mil ochocientos veintidós pesos treinta y siete centavos ($ 28.211,822-37), así: Ministerio de Gobierno $ 8.629,018.21 Ministerio de Relaciones Exteriores 566,565.41 Ministerio de Hacienda 2.087,339.47 Ministerio de Guerra 3.0 60,569.24 Ministerio de Instrucción Pública 1.156,157.10 Ministerio de Agricultura y Comercio 1.580,398 Ministerio de Obras Públicas 3.820,720.58 Ministerio del Tesoro 7.311,054.36 Total $ 28.211,822.37
Decreto 574 de 1922 →Vigente
Artículo 2
Fíjanse Los Cómputos Líquidos Del Presupuesto Nacional De Gastos Para El Año Fiscal De 1° De Enero A 31 De Diciembre En 1922, En La Cantidad De Veintiocho Millones Doscientos Once Mil Ochocientos Veintidós Pesos Treinta Y Siete Centavos ($ 28
Decreto 574 de 1922 · Sobre liquidación general de los Presupuestos Nacionales de rentas, gastos y crédito público para el año fiscal de 1922
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.