La Secretaria de Administración Publica de la Presidencia de la República, sólo deberá pronunciarse previamente respecto de los contratos de prestación de servicios que proyecte celebrar la Empresa Nacional de Telecomunicaciones -Telecom- para los fines previstos en el artículo 1º del presente Decreto, cuya cuantía fuere igual o superior a cincuenta millones de pesos ($ 50.000.000.00).
Decreto 555 de 1987 →Inexequible
Artículo 15
Decreto 555 de 1987 · por el cual se dictan normas tendientes al restablecimiento del orden público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.