° El ICFES queda con la obligación de realizar estudios de costos de los programas educativos, mantener actualizada la información estadística y financiera sobre los institutos docentes, oficiales y privados, de educación superior, y rendir informes semestrales al Ministro de Educación y a la Oficina Sectorial de Planeación del Ministerio de Educación sobre los resultados de los estudios y la evolución estadística, presupuestal y de análisis de costo.
Artículo 5
El Icfes Queda Con La Obligación De Realizar Estudios De Costos De Los Programas Educativos, Mantener Actualizada La Información Estadística Y Financiera Sobre Los Institutos Docentes, Oficiales Y Privados, De Educación Superior, Y Rendir Informes Semestrales Al Ministro De Educación Y A La Oficina Sectorial De Planeación Del Ministerio De Educación Sobre Los Resultados De Los Estudios Y La Evolución Estadística, Presupuestal Y De Análisis De Costo
Decreto 89 de 1976 · Por el cual se reestructura el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.