Micelio

Artículo 5

El Director Del Instituto Tendrá A Su Cargo La Orientación Y Reglamentación De Las Investigaciones Y Demás Actividades Del Instituto Y Velará Porque El Trabajo De Todos Los Colaboradores Se Ajuste A Las Normas Aceptadas En El Mundo Científico

Decreto 726 de 1947 · por el cual se reglamenta la Ley 5ª de 1942, se reorganiza el Instituto Caro y Cuervo y se fijan su personal y asignaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Director del Instituto tendrá a su cargo la orientación y reglamentación de las investigaciones y demás actividades del Instituto y velará porque el trabajo de todos los colaboradores se ajuste a las normas aceptadas en el mundo científico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 726 de 1947