Micelio

Artículo 7

º Los Artículos Anteriores Entrarán En Vigencia A Partir Del 1º De Mayo De 1987

Decreto 468 de 1987 · por el cual se dictan disposiciones sobre competencia y procedimiento en materia de narcotráfico.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los artículos anteriores entrarán en vigencia a partir del 1º de mayo de 1987.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 468 de 1987