El Consejo Asesor del Fondo de Asistencia Técnica y Desarrollo Tecnológico de la Microempresa y la Pequeña y Mediana Industria, ejercerá las siguientes funciones
Asesorar a la Corporación Financiera Popular en la definición de políticas de atención y desarrollo tecnológico del sector empresarial en lo que se refiere a la microempresa, la pequeña y la mediana industria;
Elaborar, para presentar a la Corporación Financiera Popular, una programación anual de actividades para el desarrollo de proyectos de asistencia técnica y desarrollo tecnológico;
Elaborar en forma anual el presupuesto de gastos de financiamiento de actividades del Fondo, presentarlo y someterlo a aprobación de la Oficina de Planeación del Ministerio de Desarrollo Económico, por conducto de la Dirección General de Industria;
Propender por la creación de fuentes de financiación interna o externa para la prestación de asistencia técnica y la ejecución de los proyectos de desarrollo tecnológico;
Coordinar con el Departamento Nacional de Planeación la celebración de convenios de cooperación técnica para la prestación de la asistencia técnica a la microempresa y la pequeña y mediana industria;
Coordinar con el Departamento Nacional de Planeación convenios de cooperación técnica internacional;
Promover convenios de cooperación con instituciones financieras y organizaciones no gubernamentales;
Efectuar seguimiento y evaluación de los proyectos financiados con cargo al Fondo, artículo 9° del presente Decreto, en estrecha vinculación y coordinación con el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.