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Artículo 33

El Ministerio De Educación Nacional Prestará Asesoría Y Apoyo A Los Departamentos, Distritos Y Municipios A Que Se Refiere Este Decreto, Durante Todo El Proceso De Certificación

Decreto 2886 de 1994 · por el cual se reglamentan los procedimientos y demás formalidades necesarias que deban cumplir las entidades territoriales para obtener la certificación del cumplimiento de los requisitos que les permita asumir la administración de los recursos del situado fiscal y la prestación del del servicio educativo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Educación Nacional prestará asesoría y apoyo a los departamentos, distritos y municipios a que se refiere este Decreto, durante todo el proceso de certificación. También apoyará a estas mismas entidades territoriales para la rápida satisfacción de las necesidades identificadas en el programa de fortalecimiento institucional que presenten como parte del plan de descentralización a que se refiere la Sección Primera del Capítulo II de este Decreto. Este programa especificará los principales objetivos, contenidos, duración estimada y niveles de responsabilidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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