Se establecen los siguientes organismos dentro del régimen disciplinario
Tribunal deportivo de los clubes, que será competente para conocer y resolver sobre las faltas de los miembros de clubes, en primera instancia.
Tribunal deportivo de las ligas, que será competente para conocer y resolver sobre las faltas de los miembros de las ligas en primera instancia, y de los recursos contra las decisiones del Tribunal deportivo de los clubes en segunda instancia.
Tribunal deportivo de las federaciones, que será competente para conocer- y resolver sobre las faltas de los miembros de las federaciones en primera instancia, y de los recursos contra las, decisiones del tribunal deportivo de las ligas en segunda instancia.
El Tribunal Nacional del Deporte, que será competente rara conocer en única instancia sobre las faltas que el Director Ejecutivo del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte (Coldeportes) someta expresamente- a su consideración. En segunda instancia conocerá de los recursos contra las decisiones del Tribunal deportivo de las federaciones.
Los tribunales deportivos estarán integrado por tres miembros y el Tribunal Nacional por cinco, según lo determine el Gobierno Nacional.