Micelio

Artículo 16

Para Ayudar A Formar Y Mantener En La Comunidad Conocimiento Y Convicción Suficientes Sobre La Necesidad De Proteger El Medio Ambiente Y De Mantener Bien Los Recursos Naturales Renovables, El Gobierno, En Los Contratos Sobre Espacios De Televisión O Frecuencias De Radiodifusión, Estipulará Cláusulas Concernientes A Su Colaboración Con Las Otras Partes Contratantes, En Programas Educativos Y De Divulgación Apropiados Para El Cumplimiento De Esos Fines

Decreto 2811 de 1974 · por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para ayudar a formar y mantener en la comunidad conocimiento y convicción suficientes sobre la necesidad de proteger el medio ambiente y de mantener bien los recursos naturales renovables, el gobierno, en los contratos sobre espacios de televisión o frecuencias de radiodifusión, estipulará cláusulas concernientes a su colaboración con las otras partes contratantes, en programas educativos y de divulgación apropiados para el cumplimiento de esos fines.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2811 de 1974