No se pondrán el sello de garantía de que trata el articulo 60 a las balanzas relacionadas en este capítulo, que vayan a ponerse en uso, sin no se acomodan a las tolerancias señaladas en él; y en cuanto a las balanzas que ya estuvieren en uso, serán condenadas en las forma prevista por el artículo 61, si se propasan el doble de dichas tolerancias. CAPÍTULO 10. a. Pesas.
Decreto 956 de 1931 →Vigente
Artículo 47
No Se Pondrán El Sello De Garantía De Que Trata El Articulo 60 A Las Balanzas Relacionadas En Este Capítulo, Que Vayan A Ponerse En Uso, Sin No Se Acomodan A Las Tolerancias Señaladas En Él; Y En Cuanto A Las Balanzas Que Ya Estuvieren En Uso, Serán Condenadas En Las Forma Prevista Por El Artículo 61, Si Se Propasan El Doble De Dichas Tolerancias
Decreto 956 de 1931 · Por el cual se reglamenta la ley No. 33 de 1905, sobre pesas y medidas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.