Micelio

Artículo 2

Los Expresados Billetes Se Cambiarán En La Caja De Junta De Conversión Ó En Las De Las Comisiones De Cambio Establecidas En Diversas Ciudades Del País, Por Billetes Americanos De Los Editados En Obedecimiento Á La Ley 64 De 1909, Ó Por Monedas De Plata Ó De Níquel, Según Los Respectivos Valores De Los Cambiados Y De Acuerdo Con La Ley 69 Del Mismo Año

Decreto 916 de 1911 · Por el cual se señala plazo para el cambio de algunos billetes de ediciones antiguas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los expresados billetes se cambiarán en la Caja de Junta de Conversión ó en las de las Comisiones de Cambio establecidas en diversas ciudades del país, por billetes americanos de los editados en obedecimiento á la Ley 64 de 1909, ó por monedas de plata ó de níquel, según los respectivos valores de los cambiados y de acuerdo con la Ley 69 del mismo año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 916 de 1911