Para que el funcionario liquidador pueda fijar la tasa de depreciación causada por desgaste o rotura de la propiedad usada en el comercio o negocio, el contribuyente deberá presentar en los formularios que prescriba la Jefatura de Rentas una relación de los bienes demeritados, detallando no sólo su costo, y las tasas de depreciación fijadas por el contribuyente, sino la fecha de su adquisición, y el tiempo calculado para su amortización total, junto con una relación de las cantidades anuales amortizadas en ejercicios anteriores y de las que por el mismo concepto se deduzcan en el periodo que comprenda la declaración. Deducción por depreciación de mejoras.
Artículo 66
Para Que El Funcionario Liquidador Pueda Fijar La Tasa De Depreciación Causada Por Desgaste O Rotura De La Propiedad Usada En El Comercio O Negocio, El Contribuyente Deberá Presentar En Los Formularios Que Prescriba La Jefatura De Rentas Una Relación De Los Bienes Demeritados, Detallando No Sólo Su Costo, Y Las Tasas De Depreciación Fijadas Por El Contribuyente, Sino La Fecha De Su Adquisición, Y El Tiempo Calculado Para Su Amortización Total, Junto Con Una Relación De Las Cantidades Anuales Amortizadas En Ejercicios Anteriores Y De Las Que Por El Mismo Concepto Se Deduzcan En El Periodo Que Comprenda La Declaración
Decreto 818 de 1936 · Por el cual se reglamenta la Ley 78 de 1935
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.