º. El Gerente General del Instituto será agente del presidente de la República, de su libre nombramiento y remoción, y tendrá las siguientes funciones
Dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos para el cumplimiento de las funciones del Instituto, conforme a las disposiciones legales, estatutarias y los acuerdos de la junta directiva. Cuando la cuantía de éstos exceda de $100.000.00, se necesitara la autorización o aprobación previa de la junta directiva.
Nombrar y remover, conforme a las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias permanentes, el personal del Instituto, con excepción de aquellos funcionarios cuya designación corresponda a la junta directiva conforme a los estatutos.
Someter a consideración de la junta directiva el proyecto de presupuesto de ingresos, inversiones y gastos y las sugerencias que estime conveniente para el buen funcionamiento del Instituto.
Presentar anualmente al presidente de la República, por conducto del Ministerio de Educación Nacional, y a la junta directiva, los balances generales, el proyecto de aplicación de las utilidades y un informe sobre la marcha general de la entidad.
Presentar igualmente al Presidente de la República y al Ministro de Educación los balances mensuales, y los informes adicionales que le soliciten, y practicar para ellos los estudios especiales que ordenen, y
Las demás que le señalen los estatutos y las que refiriéndose a la marcha del Instituto, no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.