º El artículo 1º del Decreto 0890 de 1947 quedará así; "Delégase en el Departamento de Antioquia la ejecución de los estudios, trazados y construcción del Ferrocarril Troncal de Occidente, en el frente correspondiente a ese Departamento, en la parte que falte por construir, y la ejecución de las obras accesorias que sean necesarias para la realización de los trabajos".
Decreto 2058 de 1947 →Vigente
Artículo 1
El Artículo 1º Del Decreto 0890 De 1947 Quedará Así; "delégase En El Departamento De Antioquia La Ejecución De Los Estudios, Trazados Y Construcción Del Ferrocarril Troncal De Occidente, En El Frente Correspondiente A Ese Departamento, En La Parte Que Falte Por Construir, Y La Ejecución De Las Obras Accesorias Que Sean Necesarias Para La Realización De Los Trabajos"
Decreto 2058 de 1947 · por el cual se reforma el Decreto número 0890 de 1947.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.