Micelio

Artículo 54

En Las Capitales De Los Departamentos Será Nombrada La Comisión Inspectora Por Una Junta Compuesta Por El Director Departamental De Higiene Y Dos Miembros Idóneos Nombrados Por El Gobernador Del Departamento, Y Tendrá Las Mismas Funciones De Las Demás Comisiones De Inspección

Decreto 1099 de 1930 · Por el cual se reglamenta la Ley 35 de 1929, sobre ejercicio de las profesiones médicas y algunas otras

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En las capitales de los Departamentos será nombrada la Comisión Inspectora por una Junta compuesta por el Director Departamental de Higiene y dos miembros idóneos nombrados por el Gobernador del Departamento, y tendrá las mismas funciones de las demás comisiones de inspección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1099 de 1930