Los Comandantes De Guarnición Quedan Facultados Para Disponer Los Siguientes Toques De Carácter Oficial: A) En Ceremonias Fúnebres Por Muerte De Un Militar En Servicio Activo, O En Goce De Pensión O Sueldo De Retiro, O Que Figure En El Escalafón De Antiguos Militares
Decreto 1302 de 1938 · Por el cual se reglamentan los toques de las bandas de músicos militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Los Comandantes de guarnición quedan facultados para disponer los siguientes toques de carácter oficial
a)
En ceremonias fúnebres por muerte de un militar en servicio activo, o en goce de pensión o sueldo de retiro, o que figure en el escalafón de antiguos militares.
b)
Con motivo de festividades patrias o locales, a petición de las autoridades correspondientes.
c)
Retretas periódicas o especiales.
d)
En otros actos que el Ministerio de Guerra autorice expresamente.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.