° El Consejo Superior es el máximo órgano de dirección y está integrado por
El Ministro de Educación Nacional o su representante;
El Gobernador del Departamento Norte de Santander o su representante;
Un miembro designado por el Presidente de la República;
Un Decano designado por el Consejo Académico;
Un profesor de la institución, elegido mediante votación secreta por el cuerpo profesoral;
Un estudiante de la institución elegido mediante votación secreta por los estudiantes con matrícula vigente;
Un egresado graduado de la institución de prominente trayectoria profesional, designado por los egresados miembros de los Consejos de Facultad;
El Rector de la institución, con vez pero sin voto.
° Los representantes del Ministro y del Gobernador tendrán las mismas calidades, exigidas para ser Rector.
° El decano, el profesor y el estudiante tendrán un .período dé dos (2) años, siempre y cuando conserven la calidad de tales. El egresado tendrá el mismo período.
° El período de los miembros del Consejo, sujetos a él, se contará a partir de la fecha de su designación o elección. Cuando se presentare la vacante de uno de los miembros sujetos a período, el Rector procederá a solicitar la designación o elección del reemplazo para el resto del período. Igual procedimiento adoptará el Rector cuando se venza el período de uno de sus miembros.
° Actuará como Secretario del Consejo Superior el Secretario General de la Universidad.