Micelio

Artículo 19

El Instituto Colombiano Agropecuario, Ica, Coordinará Con Los Ministerios De Salud Y Del Medio Ambiente, Las Medidas De Seguridad Relacionadas Con El Manejo Y Uso De Insumos Agropecuarios De Alto Riesgo, Con Las Enfermedades Zoonóticas Y Con Los Niveles Permisibles De Residuos Tóxicos En Alimentos De Origen Vegetal Y Animal

Decreto 1840 de 1994 · por el cual se reglamenta el Artículo 65 de la Ley 101 de 1993

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, coordinará con los Ministerios de Salud y del Medio Ambiente, las medidas de seguridad relacionadas con el manejo y uso de insumos agropecuarios de alto riesgo, con las enfermedades zoonóticas y con los niveles permisibles de residuos tóxicos en alimentos de origen vegetal y animal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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