° Toda cantidad apropiada en el Presupuesto de gastos que por leyes ó por decreto del Poder Ejecutivo se considere innecesaria ó sobrante; se trasladará por el Ministerio de Hacienda y Tesoro á la partida destinada á suplir insuficiencias del mismo presupuesto. Publíquese.
Decreto 396 de 1906 →Vigente
Artículo 5
° Toda Cantidad Apropiada En El Presupuesto De Gastos Que Por Leyes Ó Por Decreto Del Poder Ejecutivo Se Considere Innecesaria Ó Sobrante; Se Trasladará Por El Ministerio De Hacienda Y Tesoro Á La Partida Destinada Á Suplir Insuficiencias Del Mismo Presupuesto
Decreto 396 de 1906 · En desarrollo del artículo 4º del Decreto legislativo número 5, sobre Presupuestos nacionales para 1906
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.