Micelio

Artículo 26

Requisitos De La Petición

Decreto 150 de 1993 · por el cual se regulan las disposiciones sobre los derechos “antidumping” y “compensatorios”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos de la petición. La solicitud a que se refiere el artículo anterior deberá presentarse por escrito, conforme al Código Contencioso Administrativo y contendrá, además, como mínimo, las siguientes precisiones

1.

Identificación del peticionario.

2.

Descripción de la mercancía de cuya importación se trate.

3.

Países de origen o de exportación.

4.

Nombre y domicilio de los importadores y exportadores, si se conocen.

5.

Precios de exportación y valor de mercado en el país de origen o de exportación.

6.

Estímulo, incentivo, prima, subvención o ayuda de cualquier clase que se otorgue al bien importado o a sus materias primas e insumos en el país de origen o de exportación, autoridad u organismo que la otorga, indicando en su caso la disposición aplicable y de ser posible, el valor o monto del mismo y su incidencia sobre el precio del producto importado.

7.

Determinación del perjuicio, de su amenaza o del retraso sensible del establecimiento de una producción en Colombia producido por las importaciones que se efectúen a precio de “dumping” o con subvenciones, mediante indicadores de la producción, las ventas, la utilización de la capacidad instalada y el comportamiento de las utilidades, entre otros.

8.

Ofrecimiento de presentar a las autoridades los documentos correspondientes para verificar la información suministrada.

9.

Entrega de las pruebas que se pretende hacer valer.

10.

Elementos para determinar la causalidad entre la práctica y el perjuicio.

11.

Identificación de la documentación confidencial y resumen o versión no confidencial de tal documentación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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