Si el funcionario en período de prueba no lo superare por haber obtenido calificaciones insatisfactorias, no tendrá derecho a ser inscrito en la Carrera de la Registraduría Nacional y su nombramiento deberá ser declarado insubsistente por la Autoridad Nominadora, dentro de los quince (15) días siguientes al de la ejecutoria de la última calificación.
Decreto 3492 de 1986 →Vigente
Artículo 69
Si El Funcionario En Período De Prueba No Lo Superare Por Haber Obtenido Calificaciones Insatisfactorias, No Tendrá Derecho A Ser Inscrito En La Carrera De La Registraduría Nacional Y Su Nombramiento Deberá Ser Declarado Insubsistente Por La Autoridad Nominadora, Dentro De Los Quince (15) Días Siguientes Al De La Ejecutoria De La Última Calificación
Decreto 3492 de 1986 · por el cual se causa una novedad de personal en la Dirección General de Impuestos Nacionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.