Micelio

Artículo 1.2.2.4

Declaración Informativa De Precios De Transferencia - Formulario No 120

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Prescribir para la presentación de la "Declaración Informativa de Precios de Transferencia" correspondiente al año gravable 2019 y siguientes, el Formulario número 120, diseño anexo a la presente y que forma parte integral de la presente resolución.

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, obligados a presentar la Declaración Informativa de Precios de Transferencia, deberán hacerlo a través de los servicios informáticos, utilizando el Instrumento de Firma Electrónica (IFE) autorizado por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Parágrafo

Para la presentación de las declaraciones de corrección se deberán utilizar los formularios vigentes para la presentación de la declaración inicial a corregir.

(Artículo 1o, Resolución 19 de 2020)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Resolucion 227 de 2025